El saliente rector de la
Universidad Nacional de Cajamarca, junto a su cúpula más cercana, que ahora
gobierna la Universidad de forma aislada, decidieron declarar el lunes cinco y
el martes seis de octubre como días no laborables, sin embargo, como lo señala
la Ley universitaria, estas acciones solo las puede realizar la Asamblea
Universitaria.
El doctor Jorge Salazar
Soplapuco, destacado estudioso del Derecho en Cajamarca, explicó mediante su
cuenta de Facebook los delitos que se habrían cometido producto de estas
acciones.
“Conforme a la Ley
Universitaria No. 30220 (art. 57.9) solo la Asamblea Universitaria puede
hacerlo. El Consejo Universitario no es competente para ello.
Entonces:
Entonces:
Art. 361° del Código Penal:
“ (…) el que ejerce funciones correspondientes a cargo diferente del que tiene,
será reprimido con pena privativa de libertad no menor de 4 ni mayor de 7, e
inhabilitación de 1 a 2 años (…)"
Art. 376° : “El funcionario
público que, abusando de sus atribuciones, comete u ordena, en perjuicio de
alguien, un acto arbitrario cualquiera, será reprimido con pena privativa de la
libertad no mayor de 2 años”.
