(La República) El Tribunal Constitucional (TC)
declaró infundadas las cuatro demandas de inconstitucionalidad interpuestas
en contra de diferentes artículos de la Ley Universitaria.
Los votos a favor fueron de
los magistrados Urviola Hani, Miranda Canales, Ramos Núñez y Espinosa-Saldaña
Barrera. En contra, votaron Blume Fortini, Sardón de Taboada y Ledesma Narváez.
El
TC señala que la supervisión de la educación universitaria es
"competencia exclusiva" del Poder Ejecutivo.
Añade
que en la Ley Universitaria "podría existir algún nivel de interferencia
en la libertad de empresa y el pluralismo económico, pero resulta
constitucionalmente legítima a la luz de un alto nivel de satisfacción y a la
luz del derecho de los usuarios del servicio".
Del
mismo modo, el TC realizó una modificación, referida al plazo de
adecuación para docentes. Empezará a tomarse en cuentra desde la
publicación de la sentencia.
Para
el TC, "la regulación de las universidades incluidas en la Ley
Universitaria no resulta contraria a principio constitucional
alguno". Consideran que "la creación de la Sunedu resulta
una medida idónea".
Cabe
recordar que las demandas de inconstitucionalidad fueron interpuestas por
el Colegio de Abogados de Lima Norte, en julio de 2014. Alegaron la violación
de la autonomía universitaria y la restricción ilegítima del derecho de acceso
a la educación universitaria, de los derechos a las libertades de empresa y
contratación y del derecho al trabajo.